Acta de Independencia del Imperio Mexicano

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Leopoldo Ágreda Lovera
Nací en Mérida, un estado andino de Venezuela pero me crié en Caracas la ciudad donde crecí, observando el Ávila y haciéndome las preguntas más importantes sobre la vida, la sociedad y el universo, rodeado de árboles y el sabor agridulce de toda gran ciudad. En el trayecto de mi vida, conocí las calles y sus gentes, las cuales me ayudaron a formarme un mejor criterio de la existencia humana y las ciencias sociales, para luego estudiar en la Universidad Central de Venezuela, donde me he formado como historiador y pensador social. La lectura es uno de mis grandes vínculos con el pasado y la esencia de la humanidad, ya que como dijo Descartes, leer es como tener una conversación con las grandes mentes de la historia; el ajedrez es otra de mis grandes pasiones, ya que me ha ayudado a desarrollar una mejor comprensión de la vida, que junto a la música, forman los tres pilares de mis gustos actuales. Soy familiar, amante de la naturaleza y los animales, porque en ellos ves la esencia de la filosofía y de Dios.

Cuando el 21 de septiembre de 1821, el Ejército Trigarante entró triunfalmente a la Ciudad de México, fue creada un Acta de Independencia de esta nueva entidad política conocida como Imperio Mexicano.

En ella figurarían parte de los personajes más acaudalados del territorio, junto a algunos clérigos y varios hombres letrados que fueron los firmantes de esta primera acta que sellaría el comienzo de la nación mexicana.

Contenido del Acta de Independencia del Imperio Mexicano

Esta Acta de Independencia señala que, a partir de ese momento, el Imperio Mexicano posee voz y voluntad propia gracias a los esfuerzos de sus hijos en la guerra por la Independencia, para acabar con el vasallaje al imperio español y poder conformar un gobierno propio, al igual que las naciones libres del mundo.

Dentro de las palabras expresadas en esta acta independentista, los firmantes de la Independencia hacen referencia a la conquista de sus derechos, los cuales son concedidos por el “Autor de la Naturaleza” y reconocidos por las “naciones cultas de la tierra”, siendo estos derechos de índole sagrada e inenagenables.

El acta constitutiva del Imperio Mexicano señala como serán en el futuro las relaciones con España, diciendo que de ahora en adelante “no mantendrá otra unión que la de una amistad estrecha, en los términos que prescribieron los tratados” es decir, los Tratados de Córdoba firmados por Agustín de Iturbide y Juan de O´Donoju, donde se toman en cuenta los territorios y otros elementos importantes.

De igual manera, el acta de independencia del Imperio Mexicano señala desde ese momento, cuáles serán los pasos políticos a seguir luego de ser proclamada el acta independentista.

En este sentido, señala que se convierte en una “Nación Soberana” y que ejecutará las acciones que ejecuta una nación soberana e independiente, pero siempre bajo la guía suprema del Plan de Iguala y los Tratados de Córdoba.

El acta finaliza antes de presentar las rúbricas de los firmantes con una declaración de advertencia, tanto al imperio español como a cualquier otro elemento beligerante que atente contra este acto de soberanía, sosteniendo “a todo alcance y con el sacrificio de los haberes y vidas de sus individuos (si fuera necesario) esta solemne declaración”.

Es decir, se reserva el ejercicio de la guerra y cualquier otra herramienta política si la declaración independentista no fuese respetada por alguna otra nación dentro del territorio del Imperio Mexicano.

Curiosidades del Acta de Independencia del Imperio Mexicano

Cuando se revisa este documento fundacional que constituye la independencia de un territorio de la Corona española, resalta a la vista el hecho de que esta declaración fuese realizada de una manera tan corta y concreta, a diferencia de otras actas de independencia que reflejaron un poco más de datos o justificaran con mayores palabras la ejecución de su acción.

Otro elemento que puede llamar la atención es que al momento de realizarse esta declaración, fueron realizadas dos actas, una de las cuales estaba designada para la Junta Provisional que era el órgano legislativo, y otra para el gobierno.

Durante mucho tiempo, este documento histórico estaría perdido para los mexicanos del siglo XX, primero, porque el acta de la Junta Provisional sería resguardada en el Palacio Nacional, que es el palacio legislativo mexicano, perdiéndose este importante documento en el incendio de 1909.

Y luego, el acta destinada para el gobierno fue sustraída para su venta en 1830, formando parte de colecciones privadas hasta que en 1961, el hijo del último dueño particular determinó que fuese devuelta al Estado Mexicano, ofreciéndosela al presidente de aquel momento y determinándose su veracidad gracias a profundos estudios científicos.

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